




📢 Innovación en el Poder Judicial: Presentación del Proyecto de Automatización de Procesos Sucesorios ⚖️💻
Según información obtenida en www.jusentrerios.gov.ar, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, presentó el proyecto “Automatización de Procesos Sucesorios”, una iniciativa con la que expresan, buscan modernizar y agilizar estos trámites mediante herramientas tecnológicas e inteligencia artificial.
Si bien no estamos en condiciones de evaluar la herramienta porque no se han difundido en detalle el reglamento y las guías de buenas prácticas que se mencionan en el sitio oficial, esta medida podría representar un avance en la eficiencia y accesibilidad de estos procesos.
Seguiremos atentos a su implementación y posibles implicancias para la práctica profesional.
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Primer encuentro del grupo de Tecnología Aplicada al Proceso Judicial del Instituto de Derecho Procesal Civil y Comercial del CAER🚀Fue una jornada de camaradería y entusiasta debate. El tema central fue la innovadora iniciativa del Colegio de Abogados de Rosario, que dictó Recomendaciones para un uso ético y responsable de la Inteligencia Artificial Generativa (IAG) en el ejercicio profesional. Incorporando principios internacionales y ofreciendo guías concretas para buenas prácticas jurídicas con enfoque tecnológico.
El futuro llegó y el debate está instalado!
CSJN, Ferrari, María Alicia c/ Levinas, Gabriel Isaías s/ incidente de incompetencia, CSJ /325/2021/CS1, 27/12/2024Voces:RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL. QUEJA. TRIBUNAL SUPERIOR DE LA CAUSA CABA.SumarioTras treinta años de inmovilismo en la concreción del mandato constitucional y desoída la exhortación efectuada por la Corte en la causa “Corrales” -ante la clara manda constituyente de conformar una ciudad porteña con autonomía jurisdiccional plena y de la doctrina que emana de los precedentes “Strada” y “Di Mascio”-, se establece que el Tribunal Superior de Justicia de la CABA es órgano encargado de conocer en los recursos extraordinarios que se presenten ante la justicia nacional ordinaria de la ciudad y al igual que los superiores tribunales del resto de las provincias, debe concentrar las facultades jurisdiccionales en torno al derecho local y común, y erigirse como el superior tribunal de las causas cuando exista una cuestión federal, en los términos del artículo 14 de la ley 48.CSJN “CONSUMIDORES LIBRES COOPERATIVA LTDA. DE PROVISIÓN DE SERVICIOS DE ACCIÓN COMUNITARIA c/BELT S. A. y otro, s/cumplimniento de contrato”. 27/12/2024Voces: RECURSO EXTRAORDINARIO - SENTENCIA ARBITRARIA - PRESCRIPCIÓN - RECURSO DE APELACIÓN - PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓNSumario:1.– La jurisdicción de las cámaras de apelaciones está limitada por los términos en que se trabó la relación procesal y el alcance de los recursos concedidos.2.– Los pronunciamientos de las cámaras de apelaciones sobre temas no planteados en la apelación violan el principio de congruencia, con directa afectación de los derechos de propiedad y defensa en juicio, lo que impone su descalificación sobre la base de la doctrina de la arbitrariedad.3.– Si bien las cuestiones procesales son ajenas al recurso extraordinario, tal principio cede cuando la sentencia recurrida, en un claro exceso de jurisdicción, se pronuncia sobre temas no planteados en la apelación.Cámara II Sala II Paraná, "ADL C/ PG S/ REGULACIÓN DE HONORARIOS" - Expte nº:13131, 02/12/2024Voces: HONORARIOS PROFESIONALES. TAREAS JUDICIALES.Sumario:1.- los honorarios por trabajos judiciales de abogados no se devengan solamente por firmar escritos (en el marco del proceso), sino por la asistencia jurídica y auxilio a la justicia, misión que no se desarrolla sin consultas, estudios y preparativos. Éstos, las entrevistas, reuniones informativas, las a menudo fastidiosas esperas, los traslados urbanos, las comunicaciones (...), los costos fijos demantenimiento de un estudio jurídico, la papelería, etc., quedan comprendidos -salvo pacto en contrario, no acreditado en autos- en la f ijación de honorarios por el trabajo judicial resultante. Dicha regulación, por ende, tiene por presupuesto el trabajo judicial y las tareas que le son naturalmente preparatorias (cfr. Cámara Primera en lo Civil y Comercial, Sala II, San Isidro, Buenos Aires, “Godino, Flavia Lorena y otro vs. Leyria, Carlos Pedro Vicente y otro s. Daños y Perjuicios”, 17/03/2016; Sumarios Oficiales CCC Sala II de San Isidro; 22398/2013; RC J 4705/16).Opciones para acceder a los textos completos de los fallos:
En nuestra reunión mensual compartimos importantes anuncios y proyectos. Aquí les dejamos un resumen:⏸️ ️ Le rendimos un humilde homenaje al Dr. Jorge W. Peyrano recordando su inmenso legado y contribución al derecho procesal.⌛️Debido a que nos encontramos a la espera de confirmación para la realización de una actividad prevista, hemos decidido reagendar el evento. Dicha actividad consiste en la presentación del libro "La vulnerabilidad en el proceso", última obra dirigida por el Dr. Jorge Peyrano, en la que participaron la Dra. Rosa Warlet y el Dr. Francisco Cosso. Los mantendremos informados.✳️ El Congreso Provincial de Derecho Procesal y Procesal Electrónico -cuya realización habíamos propuesto al CAER- no podrá llevarse a cabo este año. El CAER nos ha informado que se encuentra enfocado en la organización de otros eventos.👩🎓Analizamos el fallos sobre interpretación de la reciente reforma a la Ley de honorrios provinciales y también los fallos Levinas -de ineludible estudio dada su actualidad y derivaciones- y Consumidores Libres Cooperativa Ltda. de Provisión de Servicios de Acción Comunitaria c. Belt S.A., ambos de la CSJN. Pronto compartiremos los sumarios.🙌Nuevos horizontes para el debate:- Revitalizaremos "Diálogos Procesales" con temas de actualidad local y la participación como expositores en forma prioritaria de nuestros miembros, bajo la modalidad de reuniones abiertas.- Creamos el "Grupo de Tecnología Aplicada al Proceso Judicial", un espacio para explorar la justicia digital y las nuevas tecnologías, generándose reuniones abiertas para exposición de avances y novedades.¿Qué les parecen estas iniciativas? ¡Dejen sus comentarios y compartan sus ideas!
Triste noticia. Falleció un gladiador incansable del Derecho Procesal, el Maestro Dr. Jorge W. Peyrano. Nuestras respetuosas condolencias a familiares y amigos.
El Tribunal de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia dispuso que, a partir del 1 de febrero de este año, en caso de subrogancia por excusación de la magistratura a cargo del Juzgado Civil y Comercial N° 8 de Paraná (transformado en Juzgado de Familia N° 5), la adjudicación y distribución de las causas de materia civil y comercial, se realice a través de la Mesa Única Informatizada -MUI-, por el sistema aleatorio de sorteo, a razón de una causa por vez para cada integrante de la magistratura de primera instancia del fuero Civil y Comercial de Paraná, con permanencia del expediente -tanto el universal como sus incidentes- ante el juzgado designado.
Fuente: CLICK ACÁ
Nuestra directora, Rosa Warlet, lideró con entusiasmo esta primera reunión virtual del Instituto de Derecho Procesal Civil y Comercial del CAER, donde pudimos compartir ideas, proyectos y sueños para el futuro.
A pesar de la distancia, la energía y el optimismo se sintieron a través de la pantalla.
En esta primera reunión, trazamos el rumbo de nuestras actividades para este año.
Uno de los temas centrales fue la expectativa generada en cuanto a la realización del un Congreso sobre derecho procesal y procesal electrónico. Este evento ha sido planificado para abordar los desafíos y oportunidades que plantea la creciente digitalización del sistema judicial, proporcionando a los abogados las herramientas necesarias para adaptarse a este nuevo entorno y mejorar la calidad de sus servicios. Se ha pedido autorización para su realización a las autoridades del CAER y estamos a la espera de respuesta.
También conversamos sobre conferencias, talleres y conversatorios proyectados con una finalidad eminentemente práctica para realizar bajo la modalidad presencial en forma preferente.
Se ha decidido conformar nuevamente el grupo "jurisprudencia" que tan buenos resultados nos ha dado para analizar fallos especialmente de nuestra provincia pero también de otras provincias y de la CSJN seleccionados por su relevancia o novedad.
Agradecemos a quienes se han conectado y a quienes si bien no estuvieron presentes remitieron sus aportes, gracias por hacer posible este primer encuentro virtual. Su compromiso y dedicación son el motor de nuestro Instituto.
Hoy se reunió la mesa ejecutiva del Instituto de Derecho Procesal Civil y Comercial del CAER. Abordó y diseñó detalles operativos del ambicioso plan académico para el 2025. ️ Abordaremos temas clave desde un punto de vista práctico como la inteligencia artificial en el ejercicio profesional, la vulnerabilidad en los procesos, el juicio sucesorio incluyendo la posibilidad de celebrar el I Congreso Entrerriano de Derecho Procesal y Derecho Procesal Electrónico. La propuesta fue elevada a fines del año pdo. a las autoridades colegiales, encontrándonos a la espera de respuesta.
¡Mantente atento a nuestras redes para conocer las novedades y sumarte a esta emocionante propuesta!
Conforme Resolución de Presidencia N° 777/2024 durante el receso judicial de enero/2025, son aplicables las “MODALIDADES PARA COMPATIBILIZAR EL FUNCIONAMIENTO DEL EXPEDIENTE DIGITAL Y LA ORALIDAD EN LA FERIA JUDICIAL” con las modificaciones aprobadas por Resolución de Superintendencia N° 334/2023-DGAPuede acceder al texto completo con en el QR de la imagen adjunta o bien a través de este link: